Fuimos Concubinos ¿tengo derecho a reclamar los bienes?
Ahora bien, en Venezuela se le ha otorgado ciertos beneficios a los Concubinos que de acuerdo al Articulo 77 de la Constitución y de acuerdo a la Ley cumplan los requisitos equiparándolos a la Institución del Matrimonio. Dos instituciones que nacen y se extinguen de forma diferente, sin embargo a efectos patrimoniales el máximo Tribunal Supremo de Justicia le ha otorgado un tratamiento especial, adecuándolo a los nuevos tiempos. Es así que podemos distinguir, que la Unión Concubinaria que goza de los mismos derechos patrimoniales y sucesorales es aquella que cumple con el tiempo de permanencia mínimo de dos (2) años, tienen fama y trata como un verdadero matrimonio, existe singularidad y que la pareja este formada por un solo hombre y una sola mujer. A tal efecto, los unidos podrán acudir al Registro Civil de su domicilio a fines de constituir la correspondiente Unión Estable de Hecho, acta que le otorga pleno valor probatorio del inicio de la Unión Concubinaria, solo a efectos patrimoniales y sucesorales. Pero si, la relación ya terminó y durante su permanencia construyeron un patrimonio común o alguno de ellos ayudo o aumento el patrimonio aun cuando estuviere tan solo a nombre de alguno de ellos, entonces el concubino, podrá acudir por ante el Tribuna de Primera Instancia Civil del domicilio a demandar la Acción Mero Declarativa de Reconocimiento de la Unión Concubinaria, para que se le declare mediante sentencia la Unión Concubinaria, y es a partir de allí, que podrá demandar la Partición del 50% de los Bienes de la Comunidad Concubinaria, y si ya los bienes fueron enajenados o vendidos, entonces demandar por daños y perjuicios..
Es importante tener claro, que los derechos son para reclamarlos, siempre que cumpla con los requisitos de Ley.
Este es un tema muy interesante, y seguro ud. conoce a alguien que necesita esta información. !Compártela!. Defienda sus derechos, eso sí, por favor busque asesoría jurídica a tiempo.
Les saluda,
Abg. Lisbeth Rodríguez
Esp. Derecho Procesal Civil

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